El proceso se gestionará mediante el formulario DEA 225, en medio de dudas sobre plazos y alcance del nuevo marco federal
Por Goodwin Aldarondo
Puerto Rico Legal Marihuana
La Administración para el Control de Drogas de Estados Unidos (DEA) publicó oficialmente el formulario y el portal de registro federal para operadores de cannabis medicinal.
Hace varios días se discutió el llamado “mito de los 60 días” y se aclaró que la nueva política federal no implica que todo establecimiento de cannabis en Puerto Rico tenga únicamente 60 días para dejar de operar o volverse ilegal.
El proceso se está manejando principalmente mediante el conocido formulario DEA 225, utilizado tradicionalmente para fabricantes, distribuidores e investigadores de sustancias controladas.
Entre los requisitos preliminares divulgados se encuentran poseer una licencia estatal o territorial válida; divulgar historial regulatorio y disciplinario; presentar información corporativa y operacional; describir protocolos de seguridad y control de inventario; identificar responsables de la operación; y cumplir con los requisitos federales aplicables a sustancias controladas.
El costo divulgado ronda aproximadamente los $794 anuales por registro federal, sin incluir posibles gastos adicionales de cumplimiento operacional y seguridad.
Sin embargo, la publicación del formulario no elimina las dudas jurídicas y estratégicas que persisten en torno al proceso.
Aunque algunos sectores continúan promoviendo la idea de que toda la industria debe registrarse de inmediato, la realidad es más compleja. Para ciertos operadores, particularmente fabricantes de gran escala, empresas con múltiples licencias, negocios en busca de acceso bancario o inversionistas, entrar temprano al sistema federal podría representar una ventaja estratégica.
Para otros operadores, especialmente aquellos con estructuras operacionales débiles o historial regulatorio problemático, registrarse de forma prematura podría implicar exposición a auditorías federales, mayores exigencias documentales e inspecciones directas de la DEA.
También persiste la ambigüedad sobre cuándo expira la ventana de “60 días”. Distintos análisis legales sostienen que el término comenzó con la firma de la orden federal, otros con su publicación oficial y algunos con la implementación operacional del sistema. Esto ha generado interpretaciones que sitúan la fecha límite entre el 22 y el 27 de junio de 2026.
La recomendación es que quienes contemplen solicitar el registro federal consideren la fecha más cercana, el 22 de junio.
El registro ante la DEA no debe verse como un trámite simple. En muchos casos, representa la transición hacia un modelo de cumplimiento federal más riguroso y costoso que el sistema local actual.
La industria en Puerto Rico enfrenta un escenario que puede representar una oportunidad para algunos operadores, pero también un riesgo para quienes ingresen al sistema federal sin comprender plenamente sus obligaciones y consecuencias.


