San Juan (3 de agosto de 2021) – Los Miembros de la Industria de Cannabis Medicinal (organización conocida como MICaM) reconocieron como un paso positivo la promulgación del Proyecto de la Cámara 152 que otorgaprotecciones en el empleo para los pacientes de cannabis medicinal.
El gobernador Pedro Pierluisi promulgó la nueva Ley 15 de 2021, de la autoría del representante Jesús Manuel Ortiz González, que dispone que los pacientes autorizados serán considerados como una categoría protegida para propósito de las leyes de protección en el empleo.
“Agradecemos al representante y al gobernador por escuchar los reclamos de los pacientes. La seguridad en el empleo se había convertido en uno de los retos de la industria, ante la incertidumbre y las experiencias de los pacientes de cannabis con las políticas laborales de sus patronos que en ciertas instancias continuaban penalizándolos y discriminándolos. Esta acción demuestra el compromiso de Puerto Rico con impulsar una industria productiva y de vanguardia”, explicó Federico Hernández, director de la junta de MICaM.
Conforme a las disposiciones de la nueva ley, ningún patrono podrá discriminar contra una persona que sea paciente autorizado para utilizar cannabis medicinal. Esta protección se extiende al proceso de reclutamiento, contratación, nombramiento, terminación o la imposición de cualquier condición de penalización en el empleo.
“Muchos pacientes temían perder sus empleos en caso de pruebas de dopaje, y de no poder utilizar una alternativa natural de tratamiento que ha demostrado ser efectiva para aliviar condiciones como dolor crónico, insomnio, artritis, fibromialgia, por mencionar algunas. Esta ley representa un alivio tanto para los pacientes como para los profesionales de la salud que recomendamos el tratamiento a nuestros pacientes”, añadió Limary Ríos Camacho, especialista en medicina física y rehabilitación y miembro de MICam.
La organización hizo un llamado a los pacientes a conocer sus derechos y a renovar su registro como pacientes autorizados, ya que las protecciones son solo aplicables a aquellas personas registradas con licencia de cannabis medicinal vigente, y que trabajen en la empresa privada y en el gobierno estatal, siempre y cuando no interfiera con leyes federales. La ley también dispone que el paciente autorizado no podrá poseer o consumir el cannabis medicinal en el lugar de trabajo.