Por Némesis Mora Pérez
Especial para Crónicas
El pasado 14 de mayo, los representantes Jorge Navarro Suárez y Gabriel Rodríguez Aguiló presentaron el Proyecto de la Cámara 2512 (P. de la C. 2512) para enmendar la Ley 42-2017, también conocida como la Ley para Manejar el Estudio, Desarrollo e Investigación del Cannabis para la Innovación, Normas Aplicables y Límites (Ley MEDICINAL).
Entre las enmiendas presentadas, se destaca la extensión de las renovaciones de licencias de un año a dos. Además, el proyecto establece una nueva definición a la “Relación Médico – Paciente Bona Fide”.
A diferencia de lo que estipula la ley actual, donde la relación médico-paciente queda a discreción y bajo la responsabilidad de ambos, el nuevo proyecto busca que el médico evalúe al paciente, como mínimo, dos veces al año. Sin embargo, la orden médica que se le otorga al paciente tiene una duración de un año.
Limary Ríos, portavoz de la organización Miembros de la Industria del Cannabis Medicinal (MICaM), dijo que el P. de la C. 2512 no deja claro cómo los dispensarios mantendrán el registro de las fechas de caducidad que se le suman al paciente con este nuevo proyecto.
“Tienes como tres diferentes fechas de caducidad de las cuales los dispensarios tienen que estar pendientes. Ahora mismo como está la ley, es responsabilidad del médico y paciente determinar la cantidad veces en las que se van a ver. Pero al tener esas enmiendas, y que cada cosa caduque en diferentes momentos, se complica las cosas. El Sistema de Rastreo no te da opciones para estar pendientes a todas las fechas de expiración, sólo de la fecha de vencimiento de la licencia. Si las enmiendas se aprueban, se va a complicar un montón las visitas a los dispensarios”, aseguró la también propietaria del Dispensario 420.
El Proyecto de la Cámara también exige que cada empleado, propietario de un dispensario o titular de licencia ocupacional que dispense cannabis medicinal a pacientes, tendrá que tomar un mínimo de seis hora de créditos anuales en educación continua, además de tomar el adiestramiento de licencia ocupacional.
“El Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico queda facultado, bajo los requisitos que se establezca mediante Reglamento, a ofrecer cursos de educación continua sobre el cannabis medicinal. Todas las ganancias que generen dichos cursos de educación continua serán destinadas inmediatamente al Recinto de Ciencias Médicas de la Universidad de Puerto Rico”, lee el Artículo 20 del P. de la C. 2512.
A pesar de que este medio intentó recoger las expresiones del Departamento de Salud ante las enmiendas que establece el P. de la C. 2512, la Oficina de Cannabis Medicinal aseguró que no cuenta con una postura concreta al respecto en este momento.
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