Por Némesis Mora Pérez
Especial para Crónicas
San Juan (23 de diciembre de 2020) – Luego de que los medios dieran a conocer los arrestos de los reguetoneros Bryant Myers y Almighty por posesión y consumo de cannabis medicinal, el abogado Mario Fornés le recordó a la comunidad de pacientes la ilegalidad de consumir cannabis en lugares públicos y transportar la sustancia fuera de la Isla.
En el caso del rapero Bryant Myers, fue detenido en el Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín por intentar abordar un vuelo con destino a Miami con un cargador con municiones y marihuana entre sus maletas.
Mientras que Almighty, fue detenido por las autoridades en el aeropuerto de Dallas, Texas, mientras fumaba cannabis en un área para fumadores del lugar, lo que está prohibido por ley.
A pesar de que ambos cantantes tenían su licencia de cannabis medicinal vigente, la Ley 42 de 2017 deja claro que el cannabis es considerado sustancia ilegal en toda frontera a nivel estatal o internacional.
Según el también segundo secretario de la Cámara de Comercio de Puerto Rico, el cannabis aun está clasificado a nivel federal como una droga Clasificación I en la Ley Federal de Sustancias Controladas. Mientras que en Puerto Rico, y a través de una orden ejecutiva para el 2017, se le dio potestad al Secretario de Salud para reclasificar la marihuana a la Clasificación II, para autorizar así su uso medicinal.
“La licencia de cannabis no es para transportar, es para que vayas a un dispensario, compres el medicamento y vayas directo a tu lugar privado para administrarlo. En el caso de Bryant Myers, es necesario resaltar que cualquier traspaso de mercancía o producto de un estado a otro es ilegal”, añadió el licenciado Fornés a Crónicas.
De hecho, para exportar CBD a otros países o estados, es necesario contar con la licencia de exportación que exige el Departamento de Agricultura de Puerto Rico.
Debido a que algunos estados reconocen la licencian de cannabis de Puerto Rico, Fornés recomendó a todo paciente viajar con su carnet o licencia de cannabis para poder comprar su medicamento y dispensarlo en privacidad.
En el caso de Puerto Rico, se ha visto un incremento de casos de consumo y posesión de cannabis en vehículos. Según Fernós, este acto es ilegal y la persona puede enfrentar una pena de cárcel de entre 2 a 5 años. Mientas que por distribución, la persona puede enfrentar entre 10 a 30 años de cárcel según la Ley 4 de 1971 (Ley de Sustancias Controladas).
Para estar acorde con lo que dicta la ley, el licenciado recomendó a los pacientes de cannabis que el mismo día que compren su medicamento, deben depositarlo en un lugar privado y seguro. También aconsejó guardar el recibo de compra por si es detenido, pueda tener evidencia de que compró el medicamento y va en camino a su lugar privado.
Para mayor información sobre la ley de cannabis en Puerto Rico, entre a: http://www.salud.gov.pr/dept-de-salud/pages/cannabis-medicinal.aspx.